Requerir a los propietarios de solares urbanos para que, en el plazo máximo de 15 días naturales a partir de la fecha de publicación de este bando, procedan a su desbroce y limpieza y a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
A causa de los problemas que generan todos los años diversos solares del municipio que presentan abundante vegetación y en ocasiones vertidos de residuos que tienen perjuicios para la salubridad y el medio ambiente, afectan al ornato público y en casos extremos, suponen riesgo de incendio.
El incumplimiento por parte de los titulares de los solares, el Ayuntamiento, previo trámite de las correspondientes órdenes de ejecución subsidiaria, procederá a acondicionar los terrenos que así lo precisen, con imposición de los gastos de ejecución a cargo de sus propietarios y con independencia del trámite de los expedientes sancionadores que fueran oportunos.